Guías náuticas

Guías náuticas: licencias y trámites del barco

Estas guías explican los trámites y licencias de los barcos de recreo en España con la norma que los regula y su enlace oficial. No sustituyen a la Capitanía Marítima ni a una gestoría náutica.

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Actualizado el 5 de octubre de 2026 · Redacción MotorCasión

  • Con la norma y su enlace oficial
  • Revisadas el 5/10/2026
  • Y quién te lo tramita

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¿Vas a alquilar? Desde el 1/10/2026 necesitas licencia o título para llevar el barco tú: qué licencia.

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Preguntas frecuentes

¿Estas guías sustituyen a la Capitanía Marítima?

No. Explican la norma con su enlace oficial. Para tu caso concreto, pregunta en la Capitanía o a una gestoría náutica.

¿De dónde salen los datos?

De las normas publicadas en el BOE y de las páginas del Ministerio de Transportes. Cada guía enlaza sus fuentes.

¿Qué necesito para alquilar un barco sin patrón?

Desde el 1 de octubre de 2026, como mínimo la licencia de navegación o un título que cubra el barco y la ruta (Real Decreto 1188/2025).

Fuentes oficiales

Consultadas el 5 de octubre de 2026. Las normas cambian: confirma lo vigente en la Capitanía Marítima, en Marina Mercante o con una gestoría náutica.