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Guías náuticas
Guías náuticas: licencias y trámites del barco
Estas guías explican los trámites y licencias de los barcos de recreo en España con la norma que los regula y su enlace oficial. No sustituyen a la Capitanía Marítima ni a una gestoría náutica.
MotorCasión no alquila ni vende barcos: te ponemos en contacto con el profesional.
Actualizado el 5 de octubre de 2026 · Redacción MotorCasión
- Con la norma y su enlace oficial
- Revisadas el 5/10/2026
- Y quién te lo tramita
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Preguntas frecuentes
¿Estas guías sustituyen a la Capitanía Marítima?
No. Explican la norma con su enlace oficial. Para tu caso concreto, pregunta en la Capitanía o a una gestoría náutica.
¿De dónde salen los datos?
De las normas publicadas en el BOE y de las páginas del Ministerio de Transportes. Cada guía enlaza sus fuentes.
¿Qué necesito para alquilar un barco sin patrón?
Desde el 1 de octubre de 2026, como mínimo la licencia de navegación o un título que cubra el barco y la ruta (Real Decreto 1188/2025).
Fuentes oficiales
- Real Decreto 1188/2025, de 26 de diciembre (BOE-A-2025-27010) · BOE
- Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, titulaciones náuticas (BOE-A-2014-10344) · BOE
- Real Decreto 1434/1999, de 10 de septiembre, reconocimientos e inspecciones de las embarcaciones de recreo (BOE-A-1999-18663) · BOE
- Real Decreto 607/1999, de 16 de abril, seguro obligatorio de las embarcaciones de recreo (BOE-A-1999-9655) · BOE
Consultadas el 5 de octubre de 2026. Las normas cambian: confirma lo vigente en la Capitanía Marítima, en Marina Mercante o con una gestoría náutica.
Información general y orientativa, revisada el 5 de octubre de 2026. MotorCasión no alquila ni vende barcos: te ponemos en contacto con el profesional. Confirma siempre lo vigente en la Capitanía Marítima, en Marina Mercante o con una gestoría náutica.